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Politica - Roquetas De Mar - 15/01/2022

El pleno aprueba la modificación del PGOU que permitirá regular actuaciones en suelo no urbanizable agrícola

El concejal de Agenda Urbana, José Luis Llamas, asegura que esta innovación responde a una petición expresa del sector y pretende regular estas limitaciones que no se dan en municipios colindantes

Almeria 24h
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El pleno aprueba la modificación del PGOU que permitirá regular actuaciones en suelo no urbanizable agrícola


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El pleno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha aprobado de forma inicial la innovación que permitirá la modificación del artículo 3.26 recogido en el actual Plan General de Ordenación Urbana que regula las actuaciones posibles en suelo no urbanizable.

Durante su intervención, el concejal de Agenda Urbana, José Luis Llamas, destacó que el actual PGOU recoge determinadas normas urbanísticas que, en la actualidad, ocasionan problemas debido a las restricciones que se imponen en las actuaciones posibles en suelo no urbanizable agrícola.

Llamas recordó que la actual normativa establece una parcela mínima de 15.000 m2 para cualquier actuación con una y una edificabilidad máxima de 1.500 m2, lo que supone una ocupación máxima del 10%. “Por tanto, las limitaciones impuestas por el propio planeamiento municipal son demasiados estrictas y, muy alejadas de la realidad económica-productiva local basada, fundamentalmente, en pequeñas y medianas explotaciones”, señala el concejal.

La intención del equipo de Gobierno es adecuar las condiciones de las actuaciones posibles en el suelo no urbanizable agrícola para resolver una problemática real y ya existente, como son las instalaciones y actividades implantadas anteriores al PGOU de 2009, totalmente consolidadas y, en funcionamiento, pero que “ya superan el límite máximo de edificación establecido, lo que impide cualquier ampliación”.

Objetivos

Con la innovación propuesta, en función del uso permitido, la dimensión de la parcela mínima exigida se establece en 10.000 m2, 5.000 m2, 2.500 m2 o se fija en la parcela existente, ya que la parcela mínima prevista en el artículo 3.26 de 15.000 m2 no encaja con la estructura parcelaria existente y “resulta excesiva para la relación de usos e instalaciones permitidos”.

El concejal de Agenda Urbana, José Luis Llamas, detalló en la sesión plenaria las razones que han llevado a plantear esta innovación con la que se pretende dar solución a una petición expresa del sector hortofrutícola.

Entre otros objetivos, se persigue regular los usos permitidos en el suelo agrícola con respecto a la de los municipios colindantes con similares características de cultivo, adecuar los usos permitidos a la estructura parcelaria del municipio, posibilitar la implantación de actividades estratégicas para la eficiencia del sector en aras de la sostenibilidad ambiental y, mitigar los efectos del cambio climático, junto con una mejora de la competitividad del espacio agrario.

Con la innovación propuesta se pretende adaptar el planeamiento general municipal a la realidad del tejido socio-económico del suelo agrícola intensivo de la comarca del poniente almeriense, evitando que se produzcan asimetrías o diferencias discriminatorias entre las normativas de aplicación en el suelo agrícola de los municipios del entorno geográfico inmediato, sin que ello suponga, en ningún caso, una alteración del carácter del suelo no urbanizable.





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