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Sociedad - España - 25/12/2021

Custodia compartida y el bienestar de los niños

La buena o no relación de los progenitores no es importante en sí misma para conseguir la custodia compartida, aunque sí lo será si afecta y perjudica al menor

Almeria 24h
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Custodia compartida y el bienestar de los niños


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La custodia compartida es uno de los temas más consultados debido a las dudas que genera en materia de Derecho de Familia, muy entendible puesto que la jurisprudencia en guardia y custodia no deja de crecer.

Además, en España ha habido grandes cambios en lo que se refiere a custodias en los últimos años, pasando de un sistema monoparental tomado como norma general a una custodia compartida que ha de ser, según el Tribunal Supremo, la primera opción a escoger. Aunque la realidad es otra, donde las custodias monoparentales siguen colmando los juzgados.

En Juriscentrum contamos con expertos abogados de familia en custodias compartidas para ayudarte a asesorar y resolver dudas en este tema.

¿Qué es la custodia compartida y cuáles son sus tipos?

Hay que tener en cuenta que, en la custodia compartida, cada caso es único y que hay jueces que todavía optan por conceder la custodia monoparental cuando las circunstancias lo requieren.

Para hacernos una idea, la custodia monoparental es aquella donde se concede la guardia y custodia (cuidados del menor en todos los sentidos) a uno de los progenitores y donde se lleva a cabo un régimen de visitas que variará en función de cada caso.

Por otro lado, cada vez es más usual ver custodias compartidas donde se reparten de forma (más o menos) equitativa la guardia y custodia entre ambos progenitores. Actualmente, la doctrina del Tribunal Supremo incide en darla como fórmula estándar siempre y cuando no vaya en contra de los intereses del menor.

Así mismo, existen varios tipos de custodias compartidas (aunque pueden variar según cada caso, ya que cada uno de ellos tiene una solución a medida) que un juez puede optar por dar:
En un mismo domicilio. Ambos progenitores visitan al menor que permanece en el “domicilio familiar”.

- En distintos domicilios. El niño se mueve entre los domicilios de los progenitores durante un periodo de tiempo.

- Coexistente. Ambos progenitores viven bajo el mismo techo.
Custodia partida (o distributiva). Cuando existe más de un hijo, se lleva a cabo un reparto de los mismos entre los progenitores, teniendo cada cual su guardia y custodia. Esto se da poco, puesto que no se suele optar por separar a los hermanos.

- Custodia atribuida a un tercero. Cuando ninguno de los progenitores tiene la custodia de un hijo. Se da en caso de muerte o incapacidad.

¿Qué criterios se siguen para conceder la custodia compartida?

Siguiendo al Tribunal Supremo, los jueces establecen los siguientes criterios de la custodia compartida:

Haber participado en la rutina de los niños/as desde el nacimiento como es llevarlos al colegio, ir al médico, tutorías con profesores, etc.

La facilidad para conciliar la vida laboral y personal, sobre todo valorando los 2 últimos años, disponibilidad horaria, reducción de jornada, teletrabajo, etc.

Proximidad geográfica entre el domicilio familiar y el colegio, es decir, que sea en el mismo municipio o barrio para no romper la rutina del menor.

Las pautas de educación sean similares en ambos progenitores, ya que las diferencias pueden alterar al menor.
Contar con apoyo familiar. Apoyo de abuelos/as de menores, debiendo demostrar su edad, condición personal y laboral, residencia, estado de salud, etc.

La buena o no relación de los progenitores no es importante en sí misma para conseguir la custodia compartida, aunque sí lo será si afecta y perjudica al menor.

Resultados de informes psicosociales realizados a los padres y menores.

La edad del menor, número de hijos (para no separar a los hermanos).
Lo que quieren los niños/as en caso de que estos sean mayores de 12 años.

En Juriscentrum te resolveremos todas las dudas sobre la custodia compartida y te asesoraremos para conseguir tu interés y lo más beneficioso para los niños.




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