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Medio Ambiente - El Ejido - 28/04/2020

La Guardia Civil recupera un ejemplar de galápago de Florida catalogado como especie exótica invasora

Se viene observando que, desde el inicio del estado de alarma decretado por la alerta sanitaria del COVID 19 y dada la ausencia de presencia humana en ciertas zonas, ciertos animales exóticos o silvestres, en muchos casos protegidos, están apareciendo incluso en zonas urbanas

Almeria 24h
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La Guardia Civil recupera un ejemplar de galápago de Florida catalogado como especie exótica invasora


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Agentes de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería, gracias a la colaboración ciudadana, han recuperado un ejemplar adulto de galápago “TrachemysScripta” localizado en una vía urbana del municipio de Balerma (Almería).

Gracias a la concienciación y sensibilización de la ciudadanía, un vecino de la localidad de Balerma (Almería), alertó a la Guardia Civil de la existencia de una tortuga adulta en una vía urbana del municipio. Los agentes, tras examinar el espécimen, comprueban que se trata de un galápago conocido como galápago de Florida y que, por tanto, se trata de una especie exótica invasora.

Los agentes de la Guardia civil, atendieron el cuidado del galápago y facilitaron su traslado al Centro “Arco” de protección de Anfibios y reptiles en Conservación, con sede en el municipio de tabernas, y posterior asistencia veterinaria.


Se viene observando que, desde el inicio del estado de alarma decretado por la alerta sanitaria del COVID 19 y dada la ausencia de presencia humana en ciertas zonas, ciertos animales exóticos o silvestres, en muchos casos protegidos, están apareciendo incluso en zonas urbanas.

Desde Guardia civil se advierte el riesgo que supone introducir animales exóticos e invasores en España, o abandonarlos a su suerte en una biodiversidad extraña, ya que llegan a poner en riesgo la biodiversidad de la Península Ibérica.

El espécimen recuperado por La Guardia Civil estácatalogado dentro de la siguiente normativa:
 Real Decreto 630/2013 por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.

Por otro lado, el hecho de soltar animales no autóctonos puede constituir las infracciones siguientes:

 En el ámbito Penal: Delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, siempre y cuando la introducción o liberación de estas especies perjudique el equilibrio biológico de la zona.
 En el ámbito administrativo: La Ley 8/2003, de flora y fauna silvestres de Andalucía, clasifica como muy grave la infracción consistente en la introducción de ejemplares de fauna silvestre no autóctonos sin autorización (multa de 60.101’22 a 300.506’05 €).
 Además, la citada Ley dispone que los propietarios responsables de cualquier ejemplar de especies no autóctonas, vienen obligados a adoptar las medidas de seguridad que garanticen el total confinamiento de los mismos, a fin de evitar su fuga y propagación en el medio natural. En caso de que se produzca la citada fuga deberán comunicar este hecho a la Consejería de Medio Ambiente en el plazo máximo de 48 horas (el incumplimiento de este precepto está calificado como infracción grave).

La Guardia Civil RECOMIENDA, no obstante, que aquellas personas que posean animales no autóctonos, antes de abandonarlos, se pongan en contacto con la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente o la Guardia Civil (SEPRONA) para hacerles entrega de los mismos, evitando con ello las infracciones anteriormente reseñadas, contribuyendo así a la protección de la biodiversidad y del animal en cuestión.





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