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Sociedad - Carboneras - 19/03/2019

El sindicato de Policía Local de Carboneras denuncia que llevan varios años sin recibir dote de munición para los agentes y sin realizar prácticas de tiro

"Desde esta Sección sindical queremos denunciar la dejadez no solo del Ayuntamiento, sino de la Jefatura de Policía Local"

Almeria 24h
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El sindicato de Policía Local de Carboneras denuncia que llevan varios años sin recibir dote de munición para los agentes y sin realizar prácticas de tiro


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Sip-An Sección Sindical Carboneras aseguran desconocer las razones que se pueden hallar detrás de lo que ellos contemplan como una “dejadez de funciones y falta de transparencia de este Ayuntamiento”, dejación de obligaciones de las que acusan tanto a “los responsables políticos, como de la Jefatura de Policía Local”.

Representamos a continuación la exposición de los Hechos que contiene el documento que han remitido a Felipe Cayuela Hernández, alcalde de Carboneras:

La policía local de carboneras lleva varios años sin que por parte del ayuntamiento se dote de munición a los agentes, así como que por el mismo tiempo no se realice ninguna practica de tiro, circunstancias que posibilitarían la obligación que tiene el Ayuntamiento con sus policías de dotarlos de la munición correspondiente, así como que se realicen las prácticas de tiro, ya que según el reglamento referido anteriormente para la adquisición de cartuchería, se autorice la munición necesaria para la dotación y la realización de los ejercicios de tiro reglamentarios, resaltando que para cumplir con nuestro deber constitucional –articulo 104 de la constitución- para garantizar la seguridad ciudadana y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, se necesite entre otras cosas la realización por parte de los agentes de la autoridad de un entrenamiento periódico con sus armas reglamentarias.

Desde esta Sección sindical queremos denunciar la dejadez no solo del Ayuntamiento, sino de la Jefatura de Policía Local, teniendo conocimiento que por octubre de 2016, estando al frente como máximo responsable del consistorio el anterior alcalde D. Salvador Hernández Hernández, a través de una acuerdo suscrito entre Diputación y el Ayuntamiento de Gádor, con el compromiso de este de poner las instalaciones de campo de tiro a disposición de los ayuntamientos menores de 20.000 habitantes existentes en la provincia de Almería, para que sus policías locales puedan desarrollar prácticas de tiro durante el año de duración del programa sin coste alguno, solicitándolo mediante escrito los ayuntamientos interesados para la utilización de las citadas instalaciones; Lamentando que a sabiendas por esta jefatura de Policía local de la no realización de las prácticas de tiro , así como indirectamente la no renovación de la munición que portan los agentes, y dando la posibilidad para ello, no se haya aprovechado el mencionado acuerdo suscrito para las “prácticas de Policías Locales en campo de tiro”;

Por estos hechos solicita:

En referencia al derecho de información activa y pasiva que le son propios en aplicación de la Ley Orgánica 11/1985 de Libertad Sindical, así como en el uso al derecho del libre ejercicio al principio de transparencia y el derecho de libre acceso a la información pública establecido en la Ley 1/2014, de 24 de Junio de transparencia Pública de Andalucía, en atención a la renovación de la munición así como la falta de la realización de las prácticas de tiro:

PRIMERO.- Si por parte de esta administración (Ayuntamiento de Carboneras) se ha comprado en los últimos años, la munición correspondiente a las armas reglamentarias que portan los Agentes de Policía local, como dotación reglamentaria., así como munición para la realización de ejercicios de tiro.

SEGUNDO.- Se insta al actual alcalde D. Felipe Cayuela Hernández que admita esta justa reivindicación y apruebe el gasto necesario para la adquisición del referido material, para la renovación de la munición, así como las practicas de ejercicios de tiro, ya que se puede desprender la obligación de la administraciones locales de llevar a cabo los medios con el fin de garantizar la seguridad de los agentes en el ejercicio de sus funciones, siendo de vital importancia que se les dote urgentemente a todos y cada uno de los funcionarios de policía de un mínimo de 30 cartuchos semiblindados por ser estos los menos lesivos contra las personas para renovación de los actuales, así como los cartuchos necesarios para la realización de los ejercicios de tiro reglamentarios.

TERCERO.- Desde esta sección sindical nos ponemos a su entera disposición para cualquier duda o consulta así como de informarle de las posibles consecuencias jurídicas del incumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, así como de las consecuencias jurídicas penales como resultado de ese incumplimiento, agravado con un trabajador herido o fallecido en su jornada laboral derivado de la inacción o ignorancia de esta situación, que a nuestro juicio entraña por motivos razonables un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores, habiendo sido informado de esta falta de medios de protección laboral, y que dicha afectación recae sobre toda la cadena de mando con responsabilidad sobre la plantilla

CUARTO.- De acuerdo a la Ley 1/2014, de 24 de Junio de transparencia Pública de Andalucía, por parte de esta sección sindical infórmale que los hechos descritos se pondrán en conocimiento de secretaria-intervención como garantes de la legalidad, comprensiva de la fe pública, transparencia y asesoramiento legal preceptivo, al objeto de fiscalizar todos los actos y acuerdos en las administraciones locales, documentos o expedientes del Ayuntamiento, susceptibles de producir y que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos, obligaciones o gastos de contenido económico, así como la intervención critica o previa de dichos actos, documentos o expedientes, intervención formal de ordenación e intervención material del pago, en su estricta comprobación documental, entendiendo esta sección sindical que en cuanto a su función de secretaria-intervención de la entidad local están ampliamente autorizados por el ordenamiento jurídico para llevar a cabo dichos exámenes documentales que consideren necesarios con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso, emitiendo informe jurídico sobre los hechos descritos en el cuerpo del presente escrito y solicito, así como se incoe en su caso expediente de información reservada dándonos cuenta de lo actuado de la situación existente en la plantilla de Policía Local, incoando el pertinente expediente informativo.

Así mismo y sobre los mismos derechos de información y del libre ejercicio al principio de transparencia referidos, por parte de esta sección sindical se da traslado de los hechos descritos y solicitado, al Grupo del Partido Popular como equipo de Gobierno, así como al Grupo Municipal del PSOE como miembros de la corporación en el Ayuntamiento para su constancia y efectos oportunos

Se tenga por presentado el presente escrito, se sirva admitirlo y se realicen los trámites oportunos, para la aplicación de la legalidad vigente en materia de protección de los representantes sindicales reiterando las acciones pertinentes administrativas, incoando si procede el pertinente expediente informativo; en el caso de no estimar las peticiones se dará tramite al órgano jurisdiccional competente para que determine si los hechos descritos son constitutivos de infracción al ordenamiento jurídico garante del principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Atte. Secretario General de la Sección Sindical - Sindicato SIP-AN en Carboneras



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