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Sociedad - Adra - 29/11/2015

Adra tendrá una playa para perros con su nueva ordenanza sobre tenencia y protección de animales

Los propietarios de animales deberán inscribirlos en el Registro Municipal de Animales e identificarlos mediante una prueba de ADN

Almeria 24h
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Adra tendrá una playa para perros con su nueva ordenanza sobre tenencia y protección de animales


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El Ayuntamiento de Adra aprobó por unanimidad, durante la sesión plenaria celebrada ayer, la ordenanza sobre tenencia y protección de animales que tiene como objetivo garantizar la debida protección a los animales, asegurar una tenencia de animales compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de personas y bienes. La nueva normativa establece un novedoso marco sancionador y prevé la instalación de zonas de esparcimiento para los animales.

Además, gracias al desarrollo de la nueva normativa, el Ayuntamiento de Adra promoverá la puesta en marcha de actividades de concienciación y divulgación entre los ciudadanos como campañas en defensa, protección y bienestar de los animales, y podrá establecer convenios de colaboración con asociaciones protectoras.

La ordenanza ha salido adelante tras recibir el apoyo de todos los grupos que componen la Corporación Municipal y cuenta con un amplio consenso entre los sectores implicados, como las asociaciones protectoras de animales, veterinarios de la ciudad y los servicios de seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Adra.


Más protección para los animales

La nueva ordenanza prohíbe de forma expresa el maltrato y abandono de animales y pretende garantizar los cuidados básicos de higiene y alimentación, evita la permanencia continuada del animal atado, encadenado, expuesto a sol sin la debida protección o en el interior de vehículos, así como su permanencia continuada en las terrazas de los pisos y en los patios comunitarios.

Igualmente, prohíbe emplear animales en exhibiciones, circos, publicidad y otras actividades siempre y cuando no se cumplan las condiciones enumeradas en la legislación aplicable que garantice el bienestar del animal. Quedará prohibida la celebración de espectáculos circenses con animales en terrenos de propiedad municipal, así como que se someta a los animales a realizar trabajos inadecuados o cualquier otra conducta degradante, entre las que se incluyen los carruseles de ponis en ferias.

Registro Municipal de Animales e identificación de ADN


Los propietarios de todo tipo de perros, gatos y otros animales deberán censarlos e identificarlos en el Ayuntamiento del Municipio donde residan habitualmente (Registro Municipal de Animales), en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento o en el de un mes desde su adquisición o cambio de residencia. Las altas voluntarias en este registro tendrán un coste de tres euros y cinco euros si se realiza de oficio por el Ayuntamiento. La recaudación de estas tasas se destinará íntegramente a las asociaciones protectoras de animales del municipio.

El Ayuntamiento de Adra facilitará a los dueños o poseedores de los perros censados una chapa de identificación numerada. Los perros que circulen por las vías y espacios públicos en el término municipal deberán ir provistos de la misma en un lugar visible.

Con el objeto de completar su identificación y protegerlos del abandono y maltrato, todos los perros deberán someterse a una prueba de ADN cuyos resultados vendrán reflejados en su ficha identificativa. Para la realización de la prueba de ADN y la inscripción de la misma en el Registro Municipal, los propietarios dispondrán de un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta nueva normativa municipal.

Excepcionalmente, este plazo podrá ser prorrogado durante otros 12 meses en casos concretos como situación de desempleo de su propietario, dificultades económicas temporales, etc. La ordenanza exime de la realización de la prueba de ADN a los animales que sean acogidos por las protectoras de animales, durante el tiempo que estén bajo su salvaguarda.

Playa para perros y zonas de esparcimiento


El Ayuntamiento de Adra designará y habilitará las zonas de playa, temporadas y horarios específicos en los que el acceso, baño y esparcimiento de los animales estará permitido. Quedará bajo la responsabilidad de los dueños de los perros mantener la playa limpia y en perfectas condiciones higiénico-sanitarias.

Igualmente, el Ayuntamiento habilitará un espacio en parques, espacios libres ó jardines públicos, con las características, horarios y localización para su uso por animales de compañía que será debidamente señalizado, haciéndolo compatible tanto para el paseo como para el esparcimiento de los animales. Las zonas de esparcimiento canino estarán destinadas al ejercicio físico de los animales, permitiendo su libre circulación sin necesidad de ir atado.

Tras habilitar estos espacios específicos para el uso por animales, quedará prohibido el acceso y estancia de animales en parques infantiles y zonas ajardinadas que no sean las habilitadas para dicho fin, así como asear animales en la playa, alimentarlos o dejar excrementos en la misma, la circulación y permanencia de perros y otros animales en las playas aptas para el baño.

Novedades en el proceso sancionador


La ordenanza incluye una importante novedad en el proceso sancionador, ya que las cantidades pecuniarias procedentes del pago de las sanciones irán destinadas a partes iguales, tanto a la mejora de los servicios de limpieza de este Ayuntamiento, como a establecer convenios y ayudas para atender las necesidades de las protectoras de la localidad, siempre que su finalidad sea el bienestar, defensa y protección de los animales. Las sanciones competencia del Ayuntamiento de Adra irán desde los 75 hasta los 500 euros.

Además, se podrá sustituir, a elección del infractor y con la finalidad de su reeducación, el abono de la cuantía económica procedente de las sanciones impuestas, por trabajos en beneficio de la comunidad o de las protectoras de animales, tanto de limpieza, colaboración en cuidado y protección de animales, como de cualquier otro tipo, aunque todos ellos relacionados con la infracción cometida o con la naturaleza del bien jurídico lesionado.

Normas de convivencia e higiene


Queda prohibida la circulación por las vías públicas de aquellos perros que no vayan provistos de collar y acompañados y conducidos mediante cadena, correa o cordón resistente. Asimismo, deberán ir provistos de bozal cuando el temperamento del animal así lo aconseje o lo ordene la Autoridad Municipal y bajo la responsabilidad del dueño.

Los propietarios de perros y otros animales, impedirán que éstos depositen sus deyecciones en parques, juegos infantiles o jardines, salvo que se disponga de lugares expresamente indicados para ello y serán de su eliminación forma higiénicamente correcta. Todo propietario que circule junto con su perro o animal de compañía, estará obligado a llevar en todo momento las correspondientes bolsas para recogida de heces.

Igualmente, deberán impedir que éstos orinen sobre fachadas de viviendas y locales o sobre mobiliario urbano, áreas de juego de niños o zonas ajardinadas públicas, con el fin de garantizar las condiciones de higiene y salubridad públicas.




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