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Sociedad - Huércal De Almería - 19/11/2015

Huércal de Almería recuerda a las familias numerosas que ya pueden solicitar la bonificación del IBI 2016

Almeria 24h
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Huércal de Almería recuerda a las familias numerosas que ya pueden solicitar la bonificación del IBI 2016


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El ayuntamiento de Huércal de Almería informa a sus vecinos de la apertura del plazo para poder solicitar acogerse a la bonificación del IBI de 2016 para las familias numerosas, establecido en el 50% y 35%, según los casos.

Desde pasado día 3 de noviembre hasta el próximo 11 de enero de 2016, constituye el plazo disponible para que los residentes de Huércal de Almería, que ostenten la categoría de familia numerosa, puedan solicitar acogerse a una reducción del próximo recibo de la contribución urbana. Un beneficio recogido en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Huércal de Almería, para cuya información y recordatorio se ha emitido un Bando Municipal al objeto de que ningún posible beneficiario pierda la oportunidad brindada desde el consistorio local, sobre todo en la actual situación económica por la que atravesamos.

Tal y como se informa a través de dicho Bando, “la bonificación se aplicará a una única unidad urbana que constituya el domicilio habitual de la familia, debiendo estar empadronados en ella todos los miembros de la familia numerosa”. La bonificación tendrá efecto por un solo ejercicio, debiendo solicitarse nuevamente cada año. El porcentaje de descuento aplicable será del 50% sobre el valor del recibo del IBI cuando el valor catastral de la vivienda dividido por el número de hijos sea menor o igual a 30.000 euros; y del 35% cuando dicho valor se encuentre entre 30.000 y 40.000 euros.

Para solicitar esta bonificación, habrá que presentar en el registro de entrada del ayuntamiento la correspondiente solicitud, disponible en el propio ayuntamiento o a través de la página web municipal, www.huercaldealmeria.es, acompañada de la fotocopia compulsada del título de familia numerosa en vigor y fotocopia del último recibo del IBI; así como la documentación acreditativa en caso de la incidencia de minusvalía en algún hijo/a, en cuyo caso computará como dos a efectos a efectos del cálculo de la bonificación aplicable. Todos los requisitos para disfrutar la bonificación, incluido el empadronamiento de todos los miembros de la familia numerosa, deberán cumplirse el día del devengo del impuesto, es decir, el día 1 de enero de 2016.






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