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Sociedad - Huércal De Almería - 30/05/2014

La Junta ofrece colaboración para llevar provisionalmente las aguas residuales del Bajo Andarax a la depuradora de Almería

La Consejería construiría una pequeña arqueta si el Ayuntamiento de la capital acepta la propuesta de la Mancomunidad de Municipios y recibe los vertidos en El Bobar

Almeria 24h
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La Junta ofrece colaboración para llevar provisionalmente las aguas residuales del Bajo Andarax a la depuradora de Almería


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El delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, José Manuel Ortiz, ha ofrecido al alcalde de Huércal de Almería y vicepresidente de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax, Juan López de las Heras, la disposición de la Junta de Andalucía a colaborar con dicha Mancomunidad para solucionar de forma inmediata el problema de los vertidos de aguas residuales al río. Se trataría de una medida provisional, para evitar que las aguas residuales lleguen a Almería, hasta tanto finalizan las obras de ampliación de la estación depuradora de El Bobar, que la Junta de Andalucía inició hace unas semanas con una inversión de casi 9,3 millones de euros.

La solución, según se ha visto en una reunión celebrada entre el delegado de Medio Ambiente y el alcalde huercalense, consistiría en conducir hasta la depuradora de El Bobar, en Almería, las aguas residuales de los municipios del Bajo Andarax que no estén cumpliendo con su obligación de depurar dichas aguas en las condiciones legalmente establecidas. Para ello, se utilizarán las redes de colectores que ya ha ejecutado la Junta de Andalucía para la Mancomunidad del Andarax.

De hecho, hoy por hoy, la mitad de la población de la Mancomunidad ya está conectada con la EDAR de El Bobar por un acuerdo entre los ayuntamientos de Huércal de Almería y la capital, y por tanto, de lo que se trataría es de extender dicho acuerdo al resto de los municipios, que en total suman poco más de 18.500 habitantes.

No obstante, para llevar a cabo esta propuesta es necesario que el Ayuntamiento de Almería autorice a la Mancomunidad del Bajo Andarax conectar los colectores con la EDAR de El Bobar. Una vez obtenida esta autorización, técnicamente, la actuación sería rápida y sencilla, ya que bastaría con ejecutar una arqueta de conexión de la red de colectores con la EDAR de Almería. Asimismo, la Mancomunidad deberá encargar a Aqualia la conexión de las plantas depuradoras de cada municipio con la red de colectores ejecutados por la Junta de Andalucía en la obra de abastecimiento y saneamiento del Bajo Andarax.

Esta petición no sería nueva. Y es que en noviembre de 2013, el alcalde de Gádor y presidente de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax, Eugenio Gonzálvez, ya pidió al Ayuntamiento de Almería permiso para realizar la conexión del colector general de saneamiento de la comarca con la EDAR de la capital. No obstante, hasta el momento el Consistorio de Almería no la ha autorizado. En cualquier caso, el delegado territorial ha ofrecido su colaboración al alcalde de Huércal de Almería en las gestiones que vaya a realizar la Mancomunidad con el Ayuntamiento de Almería, con el fin de buscar una solución viable y que sirva a los intereses de todos los ciudadanos tanto de Almería como del Bajo Andarax.

El delegado le ha trasladado al alcalde de Huércal de Almería que la opción de conectar con la EDAR de Almería solicitada por la Mancomunidad, no es la solución ideal, pero al menos solucionaría coyunturalmente el problema de salubridad que, según ha explicado el vicepresidente de la Mancomunidad, sufren los pueblos del Bajo Andarax y que padecen los barrios de la capital cercanos al río. Y que, en cualquier caso, se trataría de una solución provisional, ya que la Junta de Andalucía tiene ya en marcha las obras de ampliación y mejora de la EDAR de El Bobar, que estarán terminadas el próximo año.

Competencias y responsabilidades

Asimismo, el delegado de Medio Ambiente ha manifestado al alcalde de Huércal de Almería que los responsables de las aguas residuales sin depurar que discurren por el río Andarax son los ayuntamientos que vierten sus aguas sin tratar al cauce del río. Frente a quienes responsabilizan a la Consejería de la existencia de dichas aguas en el río, el representante de la Junta afirma que la Ley de Bases de Régimen Local es muy clara y no deja lugar a dudas: el artículo 25, apartado 2.c, sobre las competencias municipales, dice que el tratamiento de aguas residuales es una competencia municipal que los ayuntamientos deberán ejercer “en todo caso”.

Por otra parte, el delegado de la Junta insiste en que la Diputación Provincial de Almería también tiene algo que ver y hacer en materia de depuración de aguas residuales. Y es que, la Ley de Régimen Local, tras la modificación aprobada por el Gobierno central el año pasado, asigna a las diputaciones provinciales la coordinación de los servicios de tratamiento de aguas residuales en los municipios de menos de 20.000 habitantes, “que es el caso de los municipios del Bajo Andarax”.

La fumigación en la legislación

Por lo que se refiere a la petición de que la Consejería de Medio Ambiente actúe para combatir la plaga de mosquitos que hay en las inmediaciones del río Andarax, a su paso por Huércal de Almería, José Manuel Ortiz ha recordado al alcalde de dicho municipio que son los ayuntamientos los que deben valorar los problemas que puedan originar los mosquitos y adoptar las medidas de control necesarias.

El artículo 25 de la ley de Bases de Régimen Local atribuye a los municipios la protección de la salubridad pública, así como el Decreto 8/1995 de 24 de enero por el que se aprueba el reglamento de desinfección, desinsectación y desratización sanitarias. Por tanto, el tratamiento y actuación sobre mosquitos es una competencia municipal. Prueba de ello es que los municipios de la provincia aplican tratamientos para erradicar las molestias de estos insectos, y que incluso el Ayuntamiento de la capital ha aprobado en Pleno asumir la fumigación en el río Andarax.

El delegado territorial recuerda al alcalde de Huércal de Almería el Decreto de la Junta de Andalucia 8/1995 de 24 de enero, por el que se aprobó el reglamento de desinfección, desinsectación y desratización sanitarias. El artículo 5 dice textualmente que “Los tratamientos de desinsectación y desratización se podrán efectuar por los servicios oficiales de los municipios y, en su caso, de las diputaciones provinciales, así como por empresas privadas dedicadas a tales actividades”. Mientras que el artículo 27 afirma que “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, apartado 3, de la Ley General de Sanidad, será responsabilidad de los ayuntamientos corregir las deficiencias de saneamiento e infraestructura en el ámbito municipal, que puedan favorecer la aparición y proliferación de artrópodos y roedores nocivos, así como mantener en adecuadas condiciones de higiene y limpieza las instalaciones y vías públicas, con carácter preventivo”.




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